Entrevista: Ley de Cambio Climático ¿cómo funcionará en la agroindustria?

Ley de Cambio Climático Cómo funcionará en la agroindustria
15-12-2023

La Ley de Cambio Climático fue promulgada en junio de 2022, y tiene como objetivo apoyar el tránsito hacia un desarrollo bajo en emisiones de gases de efecto invernadero para […]

La Ley de Cambio Climático fue promulgada en junio de 2022, y tiene como objetivo apoyar el tránsito hacia un desarrollo bajo en emisiones de gases de efecto invernadero para alcanzar y luego mantener la neutralidad en nuestras emisiones al año 2050.

La preocupación por el medioambiente se ha convertido en una de las prioridades para muchas economías emergentes, que buscan un desarrollo sostenible que proteja los recursos naturales, esto se suma a la necesidad de dar cumplimiento, como en el caso de Chile, a los compromisos internacionales asumidos por el Estado en esta materia.

Es que una legislación que ayudara a cumplir este objetivo se hacía imprescindible. Por eso, en GreenNetwork conversamos con María José Pizarro, jefa del departamento de sustentabilidad y cambio climático de ODEPA, para abordar algunos puntos de la Ley Marco de Cambio Climático.

Esta Ley considera las directrices de la Estrategia Climática a Largo Plazo (2050), la cual contempla un presupuesto nacional y sectorial de emisiones, directrices de evaluaciones de riesgo, pérdidas y daños por cambio climático, mecanismos de monitoreo, reporte y verificación del cumplimiento de las metas y medidas. Esta estrategia está a cargo del Ministerio de Medio Ambiente, en colaboración con los otros ministerios sectoriales.

En el marco de esta estrategia, el Ministerio de Agricultura tiene que desarrollar un plan nacional de adaptación y uno de mitigación para no sobrepasar el presupuesto sectorial de emisiones asignado a cada autoridad sectorial en la Estrategia Climática a Largo Plazo.  En una segunda etapa, se elaborarán planes regionales y comunales en la materia.

Ambas medidas son complementarias para enfrentar los desafíos del cambio climático. Las medidas de adaptación se refieren a tomar alguna medida o realizar proceso de ajuste frente a la situación climática actual o proyectada, con el fin de moderar o evitar los daños asociados al cambio climático y aumentar la resiliencia de los sectores productivos, en nuestro caso, como Ministerio de Agricultura.

Por su parte, las medidas de mitigación corresponden a acciones, medidas o procesos que van orientados a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, para no sobrepasar la cantidad de emisiones asignada a cada autoridad sectorial en la Estrategia Climática de Largo Plazo, con el fin de limitar el aumento de temperatura producto del calentamiento global.

Existen diversos tipos de sanciones. Por un lado, respecto a la elaboración de los planes sectoriales de mitigación y adaptación, el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8° y 9° de la Ley Marco de Cambio Climático por parte del jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado o el atraso en el cumplimiento por un plazo superior a seis meses en la elaboración de los planes señalados será sancionado con multa equivalente a media remuneración mensual, previa instrucción de una investigación sumaria o sumario administrativo, llevado por la Contraloría General de la República, de acuerdo a las normas de su ley orgánica y del Estatuto Administrativo.

Y el resto de las sanciones están reguladas en la ley orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente. La cual establece penas y multas de acuerdo con la gravedad de las infracciones. Por lo que existe un amplio espectro de sanciones, las que incluyen pena presidio menor y multas desde las 50 a 10.000 UTM anuales o mensuales, según la infracción.

Si bien, a nivel nacional, el 11% del total de gases de efecto invernadero provienen de la agricultura, la Ley mandata a que los sectores que representan las mayores emisiones de GEI o mayor vulnerabilidad, como agricultura, energía, transporte, minería, OOPP, salud, vivienda, economía, defensa y medio ambiente a elaborar e implementar planes de mitigación para cumplir con la meta de mitigación y planes de adaptación, para enfrentar adecuadamente los desafíos del cambio climático y cumplir la meta de carbono neutralidad al 2050.

Por lo tanto, La ley establece obligaciones y responsabilidades sectoriales en materia de cambio climático, lo que permitirá formalizar los instrumentos de gestión que posteriormente se aplicarán e implementarán en los sectores, incluida la agricultura.

Resiliencia climática se refiere a la capacidad de un sistema o sus componentes para anticipar, absorber, adaptarse o recuperarse de los efectos adversos del cambio climático, manteniendo su función esencial, conservando al mismo tiempo la capacidad de adaptación, aprendizaje y transformación.

Esto es fundamental, ya que Chile es considerado un país con alta vulnerabilidad al cambio climático. Por lo tanto, definir e implementar acciones que vayan en el sentido de reducir esa vulnerabilidad y permitir que los sistemas respondan de manera efectiva al estrés climático es esencial para asegurar el correcto funcionamiento de los servicios que prestan esos sistemas.

En el caso de la agricultura es de especial relevancia, dado que es un sector altamente sensible a la variabilidad climática, a la vez que debe proveer de alimentos a una población en constante crecimiento, es por eso, que se debe avanzar en la resiliencia que los sistemas productivos puedan tener al cambio climático, ellos les permitirá ir sorteando los desafíos futuros en materia climática, sin afectar en largo plazo la producción de alimentos y por ende la soberanía y seguridad alimentaria.

Actualmente, se encuentra en consulta pública el Anteproyecto Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático, para recibir observaciones y comentarios de los actores sectoriales y la ciudadanía en general, el cual se puede revisar aquí.

La consulta estará disponible hasta principio de febrero, para luego pasar por una etapa de ajustes antes de su aprobación por el Consejo de ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático.

Además, nos encontramos trabajando en la consolidación de los inputs técnicos del plan, especialmente, en la caracterización de las medidas concretas de mitigación, para la elaboración del anteproyecto del plan nacional de mitigación al cambio climático, el cual esperamos tener prontamente para cumplir con los plazos establecidos en la Ley. 

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